Ciudad de México.-La eliminación del fuero al presidente de México se aprobó la tarde de este miércoles en la cámara de diputados con 420 a favor, 15 abstenciones y cero en contra. Los legisladores se pronunciaron en lo general y particular, realizar las reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución Política, que permite que el ejecutivo federal sea juzgado por los hechos relacionados delitos electorales, corrupción, hechos de extremada gravedad y que causen daño al pueblo y al Estado.
Correspondió a la presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Aleyda Alavez Ruiz, se pronunció durante la lectura del dictamen que el fuero en los servidores públicos no debe de ser un impedimento para poderlos hacer sujetos de procesos penales en su contra, cuando incurrieran en algún delito.
Por ello, se refirió que la eliminación del fuero constitucional pone al ejecutivo federal en una igualdad ante la ley y aplica el principio de imparcialidad de la justicia, en el cual se debe de aplicar sin ninguna distinción cuando se incurra en una conducta que sea contraria a derecho.
La reforma al cuarto párrafo del artículo 111 de la Carta Magna cita que para proceder penalmente contra el presidente de la república sólo habrá lugar a acusarlo ante la cámara de senadores en los términos del artículo 110 constitucional. En este supuesto, esa instancia legislativa resolverá con base en la legislación penal aplicable.
El dictamen deriva de una iniciativa del ejecutivo federal, se fundamenta en la pluralidad de voces y considera opiniones de sectores de la sociedad que demandan justicia por los abusos y arbitrariedades de servidores públicos.
Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, diputada Alavez Ruiz (Morena), dijo desde 2013 se ha intentado modificar el marco constitucional en esta materia y, por lo menos, cinco dictámenes se han producido en ambas cámaras; sin embargo, no se había concluido el proceso de dictaminación.
Resaltó que incorporar a la Constitución la expresión ciudadano o ciudadana es un reconocimiento a lo que siempre debió haber sido, que el presidente de la república no es un ciudadano ajeno y superior al resto de quienes habitan y visitan México; es igual a ellos y como tal debe ser tratado.
La reforma, dijo, “es un mecanismo que desestimula la impunidad, pero sin que ello favorezca la persecución política del servidor público ni impacte en la estabilidad de la función que desempeña”.
Comentó que la figura de “inmunidad” es conocida en el régimen jurídico como “fuero constitucional”, connotación relacionada con un conjunto de privilegios de aquellas personas que tienen un cargo público, sea de elección o por designación, legisladores y funcionarios del gobierno del más alto nivel, que por esto tienen una posición privilegiada y beneficios.
No obstante, añadió, al correr de los años se ha observado un abuso de esta figura; pasó a ser entendida como inmunidad absoluta, lo que generó numerosas situaciones de impunidad que han derivado en múltiples cuestionamientos desde los diferentes sectores sociales.
Sin embargo, y para evitar la anarquía, se establece un mecanismo de control legislativo “que evite acusaciones temerarias, pues éstas se tendrán que procesar ante el Senado de la República con las garantías de ley y, en caso de así determinarlo, ponerlo a disposición de las autoridades competentes mediante los procesos penales establecidos”.
(El Debate)