El gobernador Miguel Barbosa Huerta rechazó la recomendación que emitió el 3 de noviembre la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la cual le pidió ofrecer una disculpa pública al exsecretario de Salud estatal, Jorge Aguilar Chedraui, por haber hecho señalamientos públicos sin respetar el principio de presunción de inocencia.
Barbosa Huerta emitió el sábado un comunicado, en el que alega que la recomendación 075/2021 emitida por la CNDH evidencia un ejercicio indebido de atribuciones de ese organismo, violenta el principio constitucional de legalidad y por ello puede configurar un “acto de censura”.
Entre otras cuestiones, el mandatario reclama que la CNDH no tiene atribuciones en actos que involucran a autoridades locales, por lo que la recomendación constituye una invasión a la competencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y además expone que sus declaraciones contra Aguilar Chedraui fueron en el marco de su derecho humano a la libre expresión.
“…la autoridad a mi cargo ha determinado no aceptar la recomendación, al carecer de sustento jurídico y, con ello, configurarse en una suerte de acto de censura en contra del responsable y sano ejercicio de la libertad de expresión y pensamiento que el orden constitucional garantiza al suscrito, así como por perjudicar el derecho a la información de los ciudadanos sobre actos o eventos con el carácter de interés público, tales como el ejercicio del presupuesto y la calidad de la gestión gubernamental”, señala la respuesta.
En su recomendación, la Comisión determinó que las acusaciones públicas que el mandatario hizo en contra del exsecretario de Salud de haber cometido actos de corrupción, violentaron los derechos del exfuncionario a la seguridad jurídica, la legalidad y a no ser objeto de ataques a la reputación; a la dignidad y la imagen pública y a la presunción de inocencia.
La CNDH también instruye al Auditor Superior del Estado, Francisco Romero Serrano, iniciar un procedimiento de indemnización a Aguilar Chedraui y obliga a Barbosa Huerta y funcionarios de su oficina a tomar un curso sobre derechos humanos.
Barbosa Huerta argumenta en su respuesta que las declaraciones que hizo contra Chedraui no tienen carácter de un acto de autoridad y por lo tanto no cumplen con los requisitos legales ni jurisprudenciales para ser reputados como competencia de la CNDH.
Además, indica que la resolución de la queja presentada por Aguilar Chedraui se basa en notas periodísticas, que no deberían usarse como pruebas fehacientes, por ser inexactas o descontextualizar las declaraciones hechas por el gobernador.
En tanto que la CNDH expuso en su recomendación que la libertad de expresión de una autoridad no está reñida con la crítica al ejercicio de la función pública, pero debe ser compatible con la veracidad de la información y obliga a la ponderación de las expresiones para no violentar los derechos humanos de las personas.
Puntualizó que las afirmaciones de Barbosa y el Auditor Superior del Estado no se originaron del resultado de una auditoría o de una sentencia judicial y sólo generaron un “ambiente de linchamiento mediático” en contra del quejoso.
(Proceso)