El ministro Alberto Pérez Dayán propuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que se invalide el llamado Plan B electoral “por vicios de procedimiento legislativo”.
“Los vicios que se presentaron en la cámara de diputados también llevarían a la nulidad de la reforma a las leyes propiamente electorales, incluida la reestructuración del INE”, dice Pérez Dayan en su proyecto que presentará en los próximos días.
El ministro Pérez Dayán refiere que la cámara de diputados votó “entre el 6 y la madrugada del 7 de diciembre una amplia reforma al sistema electoral con base en una iniciativa del ejecutivo que aprobó el mismo día que fue presentada”.
Los argumentos de Pérez Dayán
El letrado indica que: “La gravedad de tales infracciones en conjunto permite concluir con la invalidez del decreto cuestionado, por violación directa a los artículos 71 y 72 de la Constitución federal, esto porque la iniciativa no se conoció a tiempo, ni se publicó con la anticipación debida para su discusión en la cámara de origen, dada la inobservancia a las disposiciones contenidas en el Reglamento de cada Cámara, desconociéndose con ello el principio de deliberación informada y democrática, así como los derechos que asisten a la representación popular”.
El proyecto destaca que el presidente de la república “ya no podía presentar iniciativas de carácter preferente al Congreso, lo que sólo se puede hacer en el día de apertura de cada periodo de sesiones”.
En la propuesta que presentará el ministro también dice que “a pesar de ello, el Grupo Parlamentario de Morena, con un mínimo ajuste, las hizo suyas y solicitó su trámite urgente”.
¿Cuáles son esos ‘vicios de procedimiento’?
Las consideraciones que el ministro toma en cuenta y que refiere como “vicios de procedimiento”, son por mencionar algunas:
Violación a los artículos 71 y 72 de la Constitución federal “porque el decreto se aprobó sin observar las reglas del procedimiento legislativo, ya que la iniciativa por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, no es la misma que se presentó para aprobación en la sesión del 6 de diciembre”.
Indica que la iniciativa “no pasó por un procedimiento legislativo ordinario pues, para su aprobación, se recurrió al trámite de “urgencia u obvia resolución”; sin embargo, ni en el momento de su presentación, ni de la lectura de la exposición de motivos, se advierten las razones para actualizar el supuesto del artículo 82, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados”.
El proyecto también hace referencia al decreto que fue aprobado “en transgresión al principio de deliberación democrática, ya que no es el resultado del debate que debe existir en todo órgano legislativo, es decir, la tramitación como de urgente u obvia resolución en la cámara de diputados, y las irregularidades cometidas en Comisiones de la Cámara de Senadores, impidió su conocimiento, la deliberación democrática real, cualitativa y de fondo”.
La propuesta del proyecto concluye diciendo: “Es evidente que al no publicarse el orden del día con la anticipación suficiente, los diputados accionantes no tuvieron conocimiento oportuno de lo que habría de discutirse en ella y, mucho menos, de la iniciativa presentada por los grupos parlamentarios de Morena, Partido del Trabajo y el Verde Ecologista y, en consecuencia, tener un debate real, democrático e informado sobre ella”.
(La Razón)