Un ministro de la Suprema Corte de Justicia concedió una suspensión para prohibir que el gobierno federal clasifique como reservada por razones de seguridad nacional la información pública sobre las obras que construye.
“Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, señala parte de la resolución del ministro, del que la corte no publicó nombre.
Esta suspensión fue solicitada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
El acuerdo, publicado el pasado 22 de noviembre, señala que los proyectos y obras prioritarias tendrán permisos provisionales y serán clasificados como de seguridad nacional, por lo que no se podrá obtener información sobre ellos.
También ordena a las dependencias otorgar los permisos necesarios para iniciar los proyectos u obras que sean consideradas prioritarias para el gobierno, para “garantizar su ejecución oportuna, el beneficio social esperado y el ejercicio de los presupuestos autorizados”.
El INAI se inconformó ante la corte pues al ser consideradas las obras de “seguridad nacional” las dependencias y entidades de la administración pública federal pueden llegar a reservar, de manera general, la información relacionada con los proyectos y obras, lo que afectaría la transparencia.
El presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que el acuerdo “no tiene nada que ver con la transparencia, las secretarías, todos estamos obligados a rendir cuentas”.
En su fallo, el ministro instructor señaló que “la medida suspensional concedida surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente”
Otorgó el tiempo necesario para realizar las notificaciones de este acuerdo.
(Animal Político)